mayo-junio. año 4. No.19. 1997 |
| JUSTICIA Y PAZ
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PROTECCIÓN DE LA HONRA Y LA VIDA PRIVADAS por Virgilio Toledo López |
"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio, o su correspondencia, ni de ataques a su honra y a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques". (Artículo No. 12 de la declaración Universal de los Derechos Humanos).
Las Sagradas escrituras, fuente inagotable de verdad eterna y base de la Doctrina de la Iglesia nos iluminan sobre situaciones humanas de orden temporal; sobre este caso particular nos dicen: No des falso testimonio contra tu prójimo. No codicies la casa de tu prójimo. No codicies su mujer, ni sus servidores, su buey o su burro. No codicies nada de lo que le pertenece (Ex 20, 16-17). Mi pueblo vivirá en paz, sus habitaciones serán seguras y tranquilas (Is 32,18). Rechacen pues toda maldad y engañó, la hipocresía, la envidia y toda clase de chismes (1P 2,1). La Iglesia como madre y maestra, experta en humanidad y fiel a la misión recibida de Su Maestro, la de ser instrumento de salvación de los hombres, pone a nuestro servicio su magisterio cumpliendo de esta forma con su primera función en la ejecución de esta obra salvífica, que es la de enseñar ("Id por todo el mundo y proclamar la buena nueva", Mc 16,1-15), y como nada hay de verdaderamente humano que sea ajeno a ella, veamos qué nos dice su magisterio para esta situación concreta. El respeto de la reputación de las personas prohibe toda actitud y toda palabra susceptible de causarles un daño injusto (Cf. C.I.C. 220). Se hace culpable - de juicio temerario el que, incluso tácitamente, admite como verdadero sin tener para ello fundamentos suficientes, un defecto moral en el prójimo. - de maledicencia el que, sin razón objetivamente válida, manifiesta los defectos y las faltas de otros a personas que lo ignoran (Cf. Si 21,28). - de calumnia el que, mediante palabras contrarias a la verdad, daña la reputación de otros y da ocasión de juicio falso respecto a ellos (Cf. C.I.C. 2498). Las injerencias en la vida privada de una persona sin la plena y libre aceptación de la misma es una violación del derecho que ella tiene a permanecer en su intimidad. Es una agresión directa, que lesiona la dignidad de la conciencia moral, sagrario del hombre, en el que está sólo con Dios. Lo que no justifica que el hombre se encierre en su conciencia moral, permaneciendo solo y poniendo límites infranqueables a la llamada, a la voz de Dios; precisamente, en esta apertura a la trascendencia reside todo el misterio y dignidad de la conciencia moral, y la convierte en su espacio y lugar santo donde Dios habla al hombre (Cf.V.S.58). El hombre busca naturalmente la verdad, su obligación moral cuando la encuentre es dar testimonio de ella y honrarla. Cuando los actos irrespetuosos son cometidos por ignorancia invencible, es decir cuando el sujeto no es consciente y, por ende, no puede salir por sí mismo de ellos, no hay culpa; pero existe la conciencia errónea vencible que compromete la dignidad del que comete esos actos arbitrarios y lesiona al que los sufre. Es en estos casos donde el hombre no trata de buscar la verdad y el bien por sí mismo, no posee voluntad propia para superar ese comportamiento, haciéndose ciega o fanática su conciencia como consecuencia de lo habitual del pecado (Cf.G.S.16), debido a esto se hace culpable porque le corresponde a él salir de esta actitud errónea. La fidelidad a la verdad en la acción y la palabra es fruto de la virtud, esa fuerza interior que mana de nuestro espíritu, siendo también fuente de equilibrio entre lo que debe ser expresado y el secreto que debe ser guardado.
La pérdida de valores: una de las causas Hoy día, debido a la pérdida de valores morales y de la supremacía o prioridad de los materiales por encima de los espirituales en las escalas de valores de los cubanos, una persona que sea virtuosa se convierte en ejemplo digno a seguir, al ser coherente con sus convicciones, sin aparentar, simular o utilizar la doblez como medio de beneficio a su persona, lo que sin lugar a dudas provoca que haya un aumento de la confianza recíproca entre él y los que se relacionan con él, creciendo en credibilidad ante ellos por mantener esta postura cívica. No existe ofensa más directa contra la verdad que la mentira, que no es otra cosa que "decir falsedad con intensión de engañar" (S. Agustín, med. 4,5). Cuando esta intensión es deliberada para inducir a los demás a error, constituye una falta contra la justicia y la caridad. Es mayor la culpa cuando la intensión de engañar corre el riesgo y tiene de hecho consecuencias funestas para los que son desviados de la verdad despersonalizándolos, masificándolos o convirtiéndolos en puros objetos inanimados. Los responsables de la comunicación deben mantener un equilibrio que guarde una justa discreción respecto a la vida privada de las personas y la información que transmiten, esta debe contribuir a garantizar una feliz convivencia. Es condenable utilizar las ingerencias arbitrarias en la intimidad de personas comprometidas en una actividad política o pública, como método de desprestigio social o de coacción personal. Usar esas injerencias en la vida privada de las personas no solo lesiona a las que son víctimas de ellas, sino que descalifican a las personas, instituciones o estados que las realizan.
Obligación del Estado La autoridad civil tiene la obligación, en razón del Bien Común que justifica su razón de ser y del cual es su principal garante, de defender y asegurar que los medios de comunicación social satisfagan el derecho de las personas a recibir una información fundada en la verdad, la libertad, la justicia y la solidaridad. Los poderes públicos se cerciorarán de que el mal uso de los medios de comunicación social no llegue a causar graves peligros para la privacidad de las personas, las costumbres públicas y el progreso de la sociedad. El estado está en el deber de sancionar la violación de los derechos de cada uno a la reputación y al secreto de la vida privada. Nada puede el recurso a falsas informaciones para manipular la opinión pública mediante los Mass-Media. Estas intervenciones no deberán atentar contra la libertad de los individuos y los grupos (Cf. C.I.C 2498). Si una persona utiliza métodos como la difamación, la hipocresía, la adulación o la doblez para lograr un objetivo de beneficio propio o incluso de beneficio grupal, estamos en presencia de una persona que lesiona la integridad del ser humano. Y tiene la obligación moral de enmendar esa falta. Si el estado interviene a través de sus mecanismos y estructuras estatales en la vida privada y social de la persona, sobrepasando sus funciones de cohesionador del cuerpo social y velador del Bien Común, está cometiendo ingerencias arbitrarias que violan el derecho natural que tiene toda persona de guardar la justa reserva respecto a su vida privada y provoca daños que contribuyen a la deshumanización de la persona, que pueden llegar a ser irreparable. Cuando se ofende la verdad al no ser fiel a ella o no guardar el debido equilibrio en la discresión se daña la dignidad humana, no existe obligación de revelarla a quien no tiene derecho a conocerla. Es un derecho natural de la persona que se le respete y honre su nombre y su reputación; la calumnia y maledicencia afectan las virtudes de la justicia y la caridad y provocan daños que contribuyen a la deshumanización de la persona, que pueden llegar a ser irreparables. Para cumplir esta encomienda todo gobierno debe proteger la vida privada y la honra de los ciudadanos mediante la creación de leyes que lo garanticen, o cumplir sin manipulaciones las leyes existentes. Ninguna razón de Estado o motivo político o religioso puede justificar la violación de este derecho. Pero no basta que el estado proteja y respete la honra y la vida privada de las personas. Toda persona e institución tiene la obligación no sólo de respetar la intimidad del ser humano sino también de promover un ambiente favorable donde se garantice el justo respeto a este derecho, como por ejemplo: respetar la correspondencia, no dar cabida a rumores, no desmoralizar al otro para vencerlo sino rebatir sus criterios, etc.
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