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Me dirijo a vosotros, Jefes de las
Naciones, que tenéis el deber de promover la paz.
A vosotros, Juristas, dedicados a abrir caminos de entendimiento pacífico,
preparando convenciones y tratados que refuerzan la legalidad internacional.
A vosotros, Educadores de la juventud, que en cada continente trabajáis
incansablemente para formar las conciencias en el camino de la comprensión
y del diálogo.
Y me dirijo también a vosotros, hombres y mujeres que sentís
la tentación de recurrir al terrorismo como instrumento inaceptable,
comprometiendo así, desde la raíz, la causa por la cual
estáis combatiendo.
Escuchad todos el humilde llamamiento del sucesor de Pedro que grita:
¡Aún hoy, al inicio del nuevo año 2004, la paz es
posible!. Y, si es posible, la paz es también una necesidad apremiante.
Una iniciativa concreta
1. El primer Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz, al inicio de
enero de 1979, se centraba en el lema: «Para lograr la paz, educar
para la paz ».
Con aquel Mensaje de Año Nuevo se continuaba el plan trazado por
Pablo VI, el cual había querido para el 1 de enero de cada año
la celebración de una Jornada Mundial de oración por la
Paz. Recuerdo las palabras del mencionado Pontífice en el Año
Nuevo de 1968: «Sería nuestro deseo que después, cada
año, esta celebración se repitiese como presagio y como
promesa, al principio del calendario que mide y describe el camino de
la vida en el tiempo, de que sea la Paz con su justo y benéfico
equilibrio la que domine el desarrollo de la historia futura».(1)
Haciendo mío el deseo expresado por mi venerado Predecesor en la
Cátedra de Pedro, cada año he mantenido esta noble tradición
dedicando el primer día del año civil a la reflexión
y la oración por la paz en el mundo.
En los veinticinco años de Pontificado, que el Señor me
ha concedido hasta ahora, no he dejado de levantar mi voz, ante la Iglesia
y ante el mundo, para invitar a los creyentes, así como a todas
las personas de buena voluntad, a hacer propia la causa de la paz, para
contribuir a la realización de este bien primordial, asegurando
así al mundo una era mejor, en serena convivencia y respeto recíproco.
Este año siento también el deber de invitar a los hombres
y mujeres de cada continente a celebrar una nueva Jornada Mundial de la
Paz. En efecto, la humanidad necesita más que nunca reencontrar
la vía de la concordia, al estar estremecida por egoísmos
y odios, por afán de poder y deseos de venganza.
La ciencia de la paz
2. Los once Mensajes dirigidos al mundo por el Papa Pablo VI han trazado
progresivamente las coordenadas del camino a recorrer para alcanzar el
ideal de la paz. Poco a poco el gran Pontífice fue ilustrando los
diversos capítulos de una verdadera y propia «ciencia de
la paz». Puede ser útil recordar los temas de los Mensajes
dejados por el Papa Montini para dicha ocasión.(2)
Cada uno de ellos conserva aún hoy una gran actualidad. Incluso
frente al drama de las guerras que, al comienzo del Tercer Milenio, todavía
ensangrientan las regiones del mundo, sobre todo en Oriente Medio, estos
escritos, en algunos de sus pasajes, tienen el valor de avisos proféticos.
Glosario de la paz
3. Por mi parte, a lo largo de estos veinticinco años de Pontificado,
he procurado avanzar por el camino iniciado por mi venerado Predecesor.
Al comienzo de cada nuevo año, he exhortado a las personas de buena
voluntad a reflexionar, a la luz de la razón y de la fe, sobre
los diversos aspectos de una convivencia ordenada.
Ha surgido así una síntesis de doctrina sobre la paz, que
es como un glosario sobre este argumento fundamental; un glosario fácil
de entender para quien tiene el ánimo bien dispuesto, pero al mismo
tiempo extremamente exigente para toda persona sensible al porvenir de
la humanidad.(3)
Los distintos aspectos de la paz ya han sido ilustrados abundantemente.
Ahora no queda más que actuar para que el ideal de la convivencia
pacífica, con sus precisas exigencias, entre en la conciencia de
los individuos y de los pueblos. Los cristianos sentimos, como característica
propia de nuestra religión, el deber de formarnos a nosotros mismos
y a los demás para la paz . En efecto, para el cristiano proclamar
la paz es anunciar a Cristo que es «nuestra paz» (Ef 2,14)
y anunciar su Evangelio que es «el Evangelio de la paz» (Ef
6,15), exhortando a todos a la bienaventuranza de ser «constructores
de la paz» (cf. Mt 5,9).
Educar para la paz
4. En el Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz del 1º de enero
de 1979 dirigía ya este llamamiento: «Para lograr la paz,
educar para la paz». Esto es hoy más urgente que nunca porque
los hombres, ante las tragedias que siguen afligiendo a la humanidad,
están tentados de abandonarse al fatalismo, como si la paz fuera
un ideal inalcanzable.
La Iglesia, en cambio, ha enseñado siempre y sigue enseñando
una evidencia muy sencilla: la paz es posible. Más aún,
la Iglesia no se cansa de repetir: la paz es necesaria. Ésta se
ha de construir sobre las cuatro bases indicadas por el Beato Juan XXIII
en la Encíclica Pacem in terris: la verdad, la justicia, el amor
y la libertad. Se impone, pues, un deber a todos los amantes de la paz:
educar a las nuevas generaciones en estos ideales, para preparar una era
mejor para toda la humanidad.
Educar para la legalidad
5. En este cometido de educar para la paz, se ve la urgente necesidad
de enseñar a los individuos y los pueblos a respetar el orden internacional
y observar los compromisos asumidos por las autoridades, que los representan
legítimamente. La paz y el derecho internacional están íntimamente
unidos entre sí: el derecho favorece la paz.
Desde los albores de la civilización, las agrupaciones humanas
que se formaron establecieron acuerdos y pactos para evitar el uso arbitrario
de la violencia y buscar una solución pacífica a las controversias
que surgían. Además de los ordenamientos jurídicos
de cada pueblo, se formó progresivamente otro conjunto de normas
que fue calificado como «jus gentium» (derecho de gentes).
Con el paso del tiempo, éste se fue difundiendo y precisando a
la luz de las vicisitudes históricas de los pueblos.
Este proceso tuvo notable auge con el nacimiento de los Estados modernos.
A partir del siglo XVI juristas, filósofos y teólogos se
dedicaron a elaborar los diversos capítulos del derecho internacional,
basándolo en postulados fundamentales del derecho natural. En este
proceso tomaron forma, con mayor fuerza, unos principios universales que
son anteriores y superiores al derecho interno de los Estados, y que tienen
en cuenta la unidad y la común vocación de la familia humana.
Entre todos estos principios destaca ciertamente aquél según
el cual pacta sunt servanda: los acuerdos firmados libremente deben ser
cumplidos. Ésta es la base y el presupuesto inderogable de toda
relación entre las partes contratantes responsables. Su violación
llevaría a una situación de ilegalidad y de consiguientes
roces y contraposiciones, que tendrían repercusiones negativas
duraderas. Es oportuno recordar esta regla fundamental, sobre todo en
los momentos en que se percibe la tentación de apelar al derecho
de la fuerza más que a la fuerza del derecho.
Uno de estos momentos fue sin duda el drama que experimentó la
humanidad durante la Segunda Guerra Mundial: una espiral de violencia,
destrucción y muerte, como nunca se había conocido hasta
entonces.
La observancia del derecho
6. Aquella guerra, con los horrores y las terribles violaciones de la
dignidad humana que causó, llevó a una renovación
profunda del ordenamiento jurídico internacional. La defensa y
promoción de la paz fueron el centro de un sistema normativo e
institucional actualizado ampliamente. Para proteger la paz y la seguridad
global, y fomentar los esfuerzos de los Estados para mantener y garantizar
estos bienes fundamentales de la humanidad, los Gobiernos crearon una
organización específica al respecto la Organización
de las Naciones Unidas con un Consejo de Seguridad dotado de amplios
poderes de acción. Como eje del sistema se puso la prohibición
del recurso de la fuerza. Una prohibición que, según el
conocido Cap. VII de la Carta de las Naciones Unidas, prevé únicamente
dos excepciones. Una confirma el derecho natural a la legítima
defensa, que se ha de ejercer según las modalidades previstas en
el ámbito de las Naciones Unidas; por consiguiente, dentro también
de los tradicionales límites de la necesidad y de la proporcionalidad.
La otra excepción es el sistema de seguridad colectiva, que atribuye
al Consejo de Seguridad la competencia y responsabilidad para el mantenimiento
de la paz, con poder de decisión y amplia discrecionalidad.
El sistema elaborado con la Carta de las Naciones Unidas debía
haber preservado a «las futuras generaciones del azote de la guerra,
que dos veces, en el arco de tiempo de una vida humana, ha infligido indecibles
sufrimientos a la humanidad».(4) En los decenios sucesivos, sin
embargo, la división de la comunidad internacional en bloques contrapuestos,
la guerra fría en una parte del globo terrestre, así como
los violentos conflictos surgidos en otras regiones y el fenómeno
del terrorismo, han producido un alejamiento creciente de las previsiones
y expectativas de la inmediata posguerra.
Un nuevo ordenamiento internacional
7. Sin embargo, es preciso reconocer que la Organización de las
Naciones Unidas, incluso con límites y retrasos debidos en gran
parte al incumplimiento por parte de sus miembros, ha contribuido a promover
notablemente el respeto de la dignidad humana, la libertad de los pueblos
y la exigencia del desarrollo, preparando el terreno cultural e institucional
sobre el cual construir la paz.
La acción de los Gobiernos nacionales recibirá un gran impulso
al constatar que los ideales de las Naciones Unidas están muy extendidos,
especialmente a través de los gestos concretos de solidaridad y
de paz de tantas personas que trabajan en las Organizaciones No Gubernamentales
y en los Movimientos en favor de los derechos humanos.
Se trata de un significativo estímulo para una reforma que capacite
a la Organización de las Naciones Unidas para funcionar eficazmente
en la consecución de sus propios objetivos estatutarios, todavía
válidos: «la humanidad, enfrentada a una etapa nueva y más
difícil de su auténtico desarrollo, necesita hoy un grado
superior de ordenamiento internacional»(5). Los Estados deben considerar
este objetivo como una precisa obligación moral y política,
que requiere prudencia y determinación. Renuevo a este respecto
el deseo formulado en 1995: «Es preciso que la Organización
de las Naciones Unidas se eleve cada vez más de la fría
condición de institución de tipo administrativo a la de
ser centro moral, en el que todas las naciones del mundo se sientan en
su casa, desarrollando la conciencia común de ser, por así
decir, una familia de naciones».(6)
La plaga funesta del terrorismo
8. Hoy el derecho internacional tiene dificultades para ofrecer soluciones
a las situaciones conflictivas derivadas de los cambios en el panorama
del mundo contemporáneo. En efecto, estas mismas situaciones cuentan
frecuentemente entre sus protagonistas con agentes que no son Estados,
sino entes derivados de la disgregación de los Estados mismos,
o vinculados a reivindicaciones independentistas, o bien relacionados
con aguerridas organizaciones criminales. Un ordenamiento jurídico
constituido por normas elaboradas a lo largo de los siglos para regular
las relaciones entre Estados soberanos encuentra dificultades para hacer
frente a conflictos en los que intervienen también entes no asimilables
a las características tradicionales de un Estado. Esto vale, concretamente,
para el caso de los grupos terroristas.
La plaga del terrorismo se ha hecho más virulenta en estos últimos
años y ha producido masacres atroces que han obstaculizado cada
vez más el proceso del diálogo y la negociación,
exacerbando los ánimos y agravando los problemas, especialmente
en Oriente Medio.
Sin embargo, para lograr su objetivo, la lucha contra el terrorismo no
puede reducirse sólo a operaciones represivas y punitivas. Es esencial
que incluso el recurso necesario a la fuerza vaya acompañado por
un análisis lúcido y decidido de los motivos subyacentes
a los ataques terroristas. Al mismo tiempo, la lucha contra el terrorismo
debe realizarse también en el plano político y pedagógico:
por un lado, evitando las causas que originan las situaciones de injusticia
de las cuales surgen a menudo los móviles de los actos más
desesperados y sanguinarios; por otro, insistiendo en una educación
inspirada en el respeto de la vida humana en todas las circunstancias.
En efecto, la unidad del género humano es una realidad más
fuerte que las divisiones contingentes que separan a los hombres y los
pueblos.
En la necesaria lucha contra el terrorismo, el derecho internacional ha
de elaborar ahora instrumentos jurídicos dotados de mecanismos
eficientes de prevención, control y represión de los delitos.
En todo caso, los Gobiernos democráticos saben bien que el uso
de la fuerza contra los terroristas no puede justificar la renuncia a
los principios de un Estado de derecho. Serían opciones políticas
inaceptables las que buscasen el éxito sin tener en cuenta los
derechos humanos fundamentales, dado que ¡el fin nunca justifica
los medios!.
Aportación de la Iglesia
9. «Bienaventurados los que trabajan por la paz, porque ellos serán
llamados hijos de Dios» (Mt 5,9). ¿Cómo esta palabra,
que invita a trabajar en el inmenso campo de la paz, podría tener
resonancias tan intensas en el corazón humano si no correspondiera
a un anhelo y una esperanza que nosotros tenemos de manera imborrable?
Y, ¿por qué otro motivo los que trabajan por la paz serán
llamados hijos de Dios, si no es porque Él, por su naturaleza,
es el Dios de la paz? Precisamente por esto, en el anuncio de salvación
que la Iglesia propaga por todo el mundo hay elementos doctrinales de
fundamental importancia para la elaboración de los principios necesarios
para una pacífica convivencia entre las Naciones.
Las vicisitudes históricas enseñan que la edificación
de la paz no puede prescindir del respeto de un orden ético y jurídico,
según el antiguo adagio: «Serva ordinem et ordo servabit
te» (conserva el orden y el orden te conservará a ti). El
Derecho Internacional debe evitar que prevalezca la ley del más
fuerte. Su objetivo esencial es reemplazar «la fuerza material de
las armas con la fuerza moral del derecho»,(7) previendo sanciones
apropiadas para los transgresores, además de la debida reparación
para las víctimas. Esto ha de valer también para aquellos
gobernantes que violen impunemente la dignidad y los derechos humanos
con el pretexto inaceptable de que se trata de cuestiones internas de
su Estado.
Dirigiéndome al Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa
Sede, el 13 de enero de 1997, indicaba en el Derecho Internacional un
instrumento de primer orden para la búsqueda de la paz: «El
Derecho Internacional ha sido durante mucho tiempo un derecho de la guerra
y de la paz. Creo que está llamado cada vez más a ser exclusivamente
un derecho de la paz concebida en función de la justicia y de la
solidaridad. Y, en este contexto, la moral debe fecundar el derecho; ella
puede ejercer también una función de anticipación
del derecho, en la medida en que indica la dirección de lo que
es justo y bueno».(8)
A lo largo de los siglos, ha sido relevante la contribución doctrinal
ofrecida por la Iglesia a través de la reflexión filosófica
y teológica de numerosos pensadores cristianos para orientar
el Derecho Internacional hacia el bien común de toda la familia
humana. En la historia contemporánea concretamente, los Papas no
han dudado en subrayar la importancia del Derecho Internacional como garantía
de la paz, con la convicción de que «los que procuran la
paz están sembrando la paz; y su fruto es la justicia» (St
3, 18). La acción de la Iglesia mediante sus propios instrumentos
está comprometida en este sentido, a la luz perenne del Evangelio
y con la ayuda indispensable de la oración.
La civilización del amor
10. Al final de estas reflexiones considero obligado, no obstante, recordar
que, para instaurar la verdadera paz en el mundo, la justicia ha de complementarse
con la caridad. El derecho es, ciertamente, el primer camino que se debe
tomar para llegar a la paz. Y los pueblos deben ser formados en el respeto
de este derecho. Pero no se llegará al final del camino si la justicia
no se integra con el amor. A veces, justicia y amor aparentan ser fuerzas
antagónicas. Verdaderamente, no son más que las dos caras
de una misma realidad, dos dimensiones de la existencia humana que deben
completarse mutuamente. Lo confirma la experiencia histórica. Esta
enseña cómo, a menudo, la justicia no consigue liberarse
del rencor, del odio e incluso de la crueldad. Por sí sola, la
justicia no basta. Más aún, puede llegar a negarse a sí
misma, si no se abre a la fuerza más profunda que es el amor.
Por eso he recordado varias veces a los cristianos y a todas las personas
de buena voluntad la necesidad del perdón para solucionar los problemas,
tanto de los individuos como de los pueblos. ¡No hay paz sin perdón!
Lo repito también en esta circunstancia, teniendo concretamente
ante los ojos la crisis que sigue arreciando en Palestina y en Medio Oriente.
No se encontrará una solución a los graves problemas que
aquejan a las poblaciones de aquellas regiones, desde hace demasiado tiempo,
hasta que no se decida superar la lógica de la estricta justicia
para abrirse también a la del perdón.
El cristiano sabe que el amor es el motivo por el cual Dios entra en relación
con el hombre. Es también el amor lo que Él espera como
respuesta del hombre. Por eso el amor es la forma más alta y más
noble de relación de los seres humanos entre sí. El amor
debe animar, pues, todos los ámbitos de la vida humana, extendiéndose
igualmente al orden internacional. Sólo una humanidad en la que
reine la «civilización del amor» podrá gozar
de una paz auténtica y duradera.
Al principio de un nuevo año deseo recordar a las mujeres y a los
hombres de cada lengua, religión y cultura el antiguo principio:
«Omnia vincit amor!» (Todo lo vence el amor) ¡Sí,
queridos hermanos y hermanas de todas las partes del mundo, al final vencerá
el amor! Que cada uno se esfuerce para que esta victoria llegue pronto.
A ella, en el fondo, aspira el corazón de todos.
Vaticano, 8 de diciembre de 2003.
JUAN PABLO II
Notas
(1)Insegnamenti,V(1967),620.
(2)1968: 1º de enero: Jornada Mundial de la Paz
(3)Siguen los temas de las 25 sucesivas Jornadas Mundiales de la Paz:
1969: La promoción de los derechos del hombre, camino hacia la
paz
1970: Educarse para la paz a través de la reconciliación
1971:Todo hombre es mi hermano
1972: Si quieres la paz, trabaja por la justicia
1973: La paz es posible
1974: La paz depende también de ti
1975: La reconciliación, camino hacia la paz
1976: Las verdaderas armas de la paz
1977: Si quieres la paz, defiende la vida
1978: No a la violencia, sí a la paz
1979: Para lograr la paz, educar a la paz
1980: La verdad, fuerza de la paz
1981: Para servir a la paz, respeta la libertad
1982: La paz, don de Dios confiado a los hombres
1983: El diálogo por la paz, una urgencia para nuestro tiempo
1984: La paz nace de un corazón nuevo
1985: La paz y los jóvenes caminan juntos
1986: La paz es un valor sin fronteras. Norte-Sur, Este-Oeste: una sola
paz
1987: Desarrollo y solidaridad: dos claves para la paz
1988: La libertad religiosa, una condición para la pacífica
convivencia
1989: Para construir la paz, respeta las minorías
1990: Paz con Dios creador, paz con todas las criaturas
1991: Si quieres la paz, respeta la conciencia de cada persona
1992: Creyentes unidos en la construcción de la paz
1993: Si quieres la paz, sal al encuentro del pobre
1994: De la familia nace la paz de la familia humana
1995: La mujer: educadora para la paz
1996: Demos a los niños un futuro de paz
1997: Ofrece el perdón, recibe la paz
1998: De la justicia de cada uno nace la paz para todos
1999: El secreto de la verdadera paz reside en el respeto de los derechos
humanos
2000: Paz en la tierra a los hombres que Dios ama
2001: Diálogo entre culturas para una civilización del amor
y la paz
2002: No hay paz sin justicia, no hay justicia sin perdón
2003: «Pacem in terris»: una tarea permanente
(4)Preámbulo.
(5)Carta enc. Sollicitudo rei socialis, 43: AAS 80 (1988), 575.
(6)Discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, Nueva York
(5 octubre 1995), 14: LOsservatore Romano, ed. semanal en lengua
española (13 octubre 1995), p. 9.
(7)Benedicto XV, Appello ai Capi dei popoli belligeranti, 1 enero 1917:
AAS 9 (1917), 422.
(8)N. 4: LOsservatore Romano, ed. semanal en lengua española
(17 enero 1997), p. 6.
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