Revista Vitral No. 59 * año X * enero - febrero de 2004


HECHOS Y OPINIONES

 

GLOBALIZACIÓN,
SOBERANÍA Y DEMOCRACIA

LUDGER KUEHNHARDT MUNSTER

 

Helmut Kohl ascendió en el escalafón gubernamental de Alemania como defensor de la unión de naciones europeas. Se convirtió en canciller de Alemania Occidental en 1982.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El político holandés Wim Duisenberg fue elegido en 1998 primer presidente del Banco Central Europeo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Romano Prodi, fue primer ministro de su país (1996-1998) y en 1999 fue nombrado presidente de la Comisión Europea.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Jacques Delors fue nombrado presidente de la Comisión Europea en 1985, cargo que desempeñó hasta 1994. Fue el inspirador del Acta Única Europea y del Tratado de Maastricht que creó la Unión Europea a partir de la antigua Comunidad Europea.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
 

 

 

Tres consecuencias de la globalización que se dan para la integración europea y para los conceptos básicos de la filosofía política y para la teoría de la democracia, van a ser discutidos a continuación:

1.Consecuencias para el concepto de la soberanía.
2.Consecuencias para el concepto de la democracia.
3.Consecuencias para los conceptos de universalidad y de orden mundial.
Es de libre interpretación si en la discusión de las siguientes interrogantes se fortifica la idea de que, a través de los acontecimientos de la globalización, la integración europea y los conceptos básicos de la teoría política se limitan o al contrario se amplían.

Consecuencias para el concepto de la soberanía

1.La moderna filosofía política occidental fue siempre centralizada en el estado. Uno de sus conceptos claves, en todo caso desde los días de los Tratados de Westfalia, fue el de “soberanía”. El concepto tradicional de soberanía, como se formó en el contexto de la filosofía política occidental, tiene dos componentes: soberanía estatal y soberanía popular. La larga y contradictoria evolución de los dos conceptos y sus complejas historias de realización no pueden ser tratadas aquí. El concepto de soberanía en todos sus aspectos estuvo siempre ligado a la historia del estado nacional moderno. A través de ello se convirtió en concepto modelo para definir las fronteras del territorio de una comunidad v los límites del entorno político dentro de ella. El concepto de soberanía se convirtió en una fuerza legítima para estimular la participación política y una representación responsable. Lo que se inició lleno de contracciones internas, llegó a ser una fuerte cohabitación: La soberanía estatal encontró reconocimiento como una expresión de la condición de la soberanía popular. La soberanía popular llegó a ser cuidada y garantizada por la soberanía estatal. Mientras más débil es un estado, más lesionable es su soberanía popular y mientras más débil sea la soberanía popular, mucho más lesivo es un estado soberano.
El concepto de soberanía no fue estático dentro del mundo occidental, ni tampoco se limitó al mundo occidental. Dentro del proceso de descolonización el concepto de soberanía se convirtió en un producto de exportación de primera. En los nuevos estados del hemisferio sur los dirigentes políticos estuvieron a menudo inclinados a propiciar soberanía estatal a costilla de la soberanía popular. La soberanía popular obtuvo a menudo el sabor de una ausente lealtad estatal que se deja proteger a toda costa luego de la obtención de la independencia. Al parecer, a veces, fue éste un argumento irresistible en los comienzos de la formación de estados en el Tercer Mundo y se siente uno inclinado a comparar el estado de desarrollo actual de la Unión Europea con esta experiencia vivida. También en la UE se mantiene aún la lucha entre formación de soberanía y derecho de democracia.
Usualmente, en el contexto de la UE, se mira el tema de la soberanía a través de la perspectiva de la experiencia en soberanía en el ámbito estatal nacional. La integración europea puede ser rápidamente entendida como una contradicción de las normas establecidas para el concepto de soberanía ligado al estado, mientras que, al mismo tiempo, no estaría en capacidad de asegurar un mínimo de democracia, que en los establecidos estados nacionales europeos es el aceptable standard mínimo. Mientras la UE socava la soberanía estatal, dicen los críticos, no es capaz de garantizar Ia soberanía popular. El proceso de integración europeo podría, por lo tanto, solo obtener legitimidad mientras esté en capacidad de renovar las fortalezas de sus estados miembros. La introducción del euro y otras reconocibles tendencias de la integración europea señalan en dirección contraria. Mientras que el estado nacional europeo no se ha convertido en un ente obsoleto, los procesos de globalización y de integración europea, sin embargo, le han robado su papel central como actor político autónomo. Esto tiene consecuencias para el concepto de la soberanía.
El consenso de que la Unión Europea no es solamente una forma política sui generis, sino que también originó un concepto de soberanía sui generis, parece crecer, a más tardar, desde la unificación de la soberanía en materia de política monetaria y financiera. El analista holandés Peter van Ham habla desde este momento histórico del “soberano europeo”. En vista de la continua ausencia de una unión política consistente, la Unión Europea se encuentra muy distante de encontrar una forma complementaria para los establecidos estados nacionales. Ellos han fundado la UE y siguen siendo sus partes constitutivas. Mientras los estados miembros no reconozcan la capacidad jurídica de UE, le hace falta un equivalente que haga juego con la soberanía estatal. Muchos manifiestan, que la UE no debe nunca llegar a ser semejante a un estado; el estado nacional no deberla llegar a ser superfluo. Al mismo tiempo se critica a la UE por su “déficit democrático” y por su deficiente armonía con la idea de soberanía popular. En realidad continúa el esmero político, más fuerte que antes, de encaminar a la UE hacia una verdadera democracia parlamentaria. La conclusión del trabajo de elaboración de una constitución europea es una importante etapa intermedia, no obstante falta transitoriamente un indiscutible concepto de la soberanía ciudadana o tal vez de la soberanía popular europea. En vista de la carencia de un pueblo europeo debería, por lo menos, nacer una forma aceptable de democracia europea equivalente al concepto de la soberanía popular. Todavía los estados europeos protegen mejor que la UE los derechos humanos y de ciudadanía. Con la inclusión jurídica de la Carta de los derechos humanos y de ciudadanía de la UE a! “acquis communautaire” podría esto cambiarse en un futuro cercano.

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Más fundamental es otra crítica a la crítica del desarrollo de la soberanía en Europa. Casi toda la crítica está marcada por un concepto estático de soberanía. Hay analistas que se inclinan a mirar la integración europea como un suceso sin dientes políticos, dirigido por dudosos tecnócratas, incapaces de producir resultados políticos que podrían fortificar su propia legitimidad. En vista de que parece que esto no sucederá, no podría Europa causar consecuencias en el campo de la filosofía y la democracia política. Pero resulta intelectualmente miope querer comparar la evolución del proceso de la unidad europea con su historia centenaria en el mundo de los estados. En esta comparación tiene Europa las de perder, por cuanto ella es simplemente muy joven e inmadura como para ser comparada con los honorables estados europeos. En este sentido, a fin de colocar las cosas en su correcta perspectiva, podría ser más lucrativo comparar a la Unión Europea con la lucha por la soberanía en el Tercer Mundo.
Esto no quiere decir que la Unión Europea, en un sentido materialista, podría ser comparada con países del Tercer Mundo, como tampoco se puede insinuar que la UE puede o debe llegar a ser un estado nacional. Pero, para recordar la difícil lucha por la soberanía y reconocimiento en el Tercer Mundo, se debe mirar a través de un espejo que muestre que el desarrollo de Europa no puede ser entendido como un desarrollo estático sino solamente orgánico. Ni en el Tercer Mundo ni en Europa el concepto de soberanía ha tenido un significado idéntico. Mientras se desarrolle la integración europea se desarrollará con ella también el concepto de soberanía.
Europa continuará discutiendo sobre los derechos de soberanía. Pero en tanto que la Unión Europea ha encontrado reconocimiento como una forma política sui generis, debe encontrar también reconocimiento una soberanía europea y un soberano europeo. El diccionario de la teoría de la filosofía y de la democracia debe ser ampliado en un concepto adicional. El proceso europeo de integración está todavía caliente, sus resultados están pendientes y su carácter de desarrollo es indiscutible. A este proceso ya no le bastan conceptos estáticos y antiguos de la filosofía política y de la teoría de la democracia política. La integración europea trae crecientemente conceptos originarios de la filosofía política y de la teoría de la democracia.

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Los Tratados de Westfalia del siglo diecisiete dejaron una concepción centralista y territorial de lo político que en el desarrollo moderno del mundo estatal europeo producía un efecto penetrante. Los conceptos westfálicos de soberanía antes de su proclamación nunca fueron absolutos y duraderos, y la historia de contradicciones internas y conflictos desde entonces en Europa, contradicen toda intención de perpetuar categorías estáticas de lo político. Globalización e integración europea han acribillado el concepto de soberanía que tenía sus raíces en los Tratados de Westfalia. Al mismo tiempo ellos han ampliado la concepción de la filosofía política y la teoría de la democracia.
La relación entre el poder y la soberanía en el ámbito europeo permanecerá contradictorio como la relación entre soberanía y democracia. En el marco de la imaginación tradicional están muy unidos el estado con la nación. El estado llegó a ser una especie de administrador de la nación. La existencia de estados multinacionales, como Suiza, ha puesto en duda este punto de vista en estas relaciones. La legalización de la doble nacionalidad en los estados europeos muestra la posibilidad de que los individuos puedan dividir su lealtad entre dos estados. La introducción de la ciudadanía europea muestra, que la lealtad no solamente puede ser dividida verticalmente sino también horizontalmente, no solamente entre dos estados, sino de igual manera entre un estado y la Unión Europea. El hecho de que la idea de ciudadanía no esté más ligada al estado nacional es uno de los logros centrales de la historia de la integración europea.
El desarrollo dentro de la actual Unión Europea no está exento de contradicciones. La programada ampliación de la UE hacia Europa Oriental originará la integración de pueblos y estados que no solamente no estuvieron expuestos a las experiencias transformadoras de Europa Occidental en los últimos cincuenta años, sino que a menudo han hecho experiencias contrarias y por ello muestran sus más tradicionales conceptos de soberanía nacionalista. Naciones y alucinaciones acompañarán el largo camino de la unificación europea como lo ha dicho muy acertadamente el ya mencionado Peter van Ham.
Al mismo tiempo, a consecuencia de la globalización y crecientes esperanzas, no solamente en un rol económico sino también en uno político mundial, la UE continuará el camino de la unificación de la soberanía. Todavía ha merecido poca atención en este contexto el papel del Tribunal de Justicia europeo. Está jurídicamente limitado y también interpretado desde la perspectiva nacional estatal ligada a la dogmática jurídica, a pesar de que el Tribunal de Justicia ha sido siempre un inminente órgano político de la unificación europea y debería continuar así y tal vez acrecentar su importancia. Los conflictos subliminales con los tribunales constitucionales nacionales, que reclaman sus derechos, fueron evidentes cuando el Tribunal Constitucional Federal de Alemania, en 1993, intentó poner riendas a la UE y solamente aceptó el Tratado de Maastricht que facilitó el camino hacia el euro, bajo la condición de que no se llevara a cabo una transferencia de soberanía automática que suprima los derechos humanos nacionales. También en el próximo peldaño del desarrollo europeo continuará la lucha entre conceptos políticos y jurídicos, intergubernamentales y supranacionales. La relatividad y relacionalidad europea del concepto de soberanía se confirmará una u otra vez.
Dentro de este contexto se ha hablado de una soberanía operacional, que se ha establecido en el nivel de la UE. En la ciencia política clásica se habló siempre de la integración funcional y sectorial. Vale la pena tomar dichas investigaciones científicas como reflexiones en el campo de la teoría de las relaciones internacionales. Uno de los “gurus” en esta materia, Robert Keohane, ha establecido que la soberanía en el mundo moderno no es más una definida barrera territorial, sino más bien materia de negociación en el marco de una creciente política marcada por redes y fuentes transnacionales.
La estructura institucional de la UE no es muy consistente. Sin embargo el proceso de desarrollo continúa, el mismo ha producido un soberano europeo sui generis. Prueba de ello son instituciones supranacionales como el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia Europeo, así como también el Banco Central Europeo, símbolos, como la moneda común, la bandera, el himno y el día feriado, además de que en ningún momento se ha agotado el discurso sobre las perspectivas de una unión política con una constitución, una política de justicia y derecho y un ejército común.
Cómo y hasta qué punto sincronizará la soberanía europea con la idea de una soberanía popular. depende de diferentes factores. Desde el punto de vista de la teoría democrática es muy importante la pregunta sobre la ampliación del principio de la mayoría en el marco europeo del proceso formativo de decisiones. En todo caso ya no es muy honesto rechazar el concepto de un proceso europeo de desarrollo soberano y una forma específica de democracia europeizada. La filosofía política y la teoría de la democracia están frente a una nueva tarea.
Al respecto puede otorgar un estímulo la siguiente observación. La UE, podría argumentarse, ha empezado a liberarse de las categorías establecidas de soberanía estatal en la forma que Marsilius von Padua relató en el siglo XIII el proceso de emancipación del imperialismo secularizado frente a la Iglesia. Al final de este proceso, en el siglo XVII, se presentaron los conocimientos objetivos de Jean Bodin sobre las realidades del nuevo estado nacional europeo. Pero la UE no ha logrado todavía alcanzar un grado de desarrollo equivalentes a los conceptos de soberanía popular como los diseñados por John Locke, Charles de Montesquieu o Alexis de Tocqueville.
La UE enfrenta el reto de la globalización con una creciente y continua participación de la soberanía regional funcional bajo la inclusión de autoridad y poder jurídico compartidos y de una estructura complementaria y multidimensional de la legislación, mientras que, debido a la deficiencia de una consistente democracia parlamentaria y derechos constitucionales, permanece premoderno.

Consecuencias para el concepto de la democracia

2.Los procesos europeos de toma de decisiones han sido comparados con los de la Europa de la Edad Media, pero sobre todo con las tradiciones alemanas de medidas de “Policey”, análogo del cameralismo, que se adelantaron a los conceptos de la política que conocemos actualmente. Estas medidas políticas, sobre las que nadie ha trabajado mejor que Hans Maier, establecieron un proceso pre-moderno, que tenían la meta de imponer un buen orden desde arriba, mientras que al mismo tiempo se ahorraba el discurso popular, el cual es de relevancia para la democracia moderna ¿Es el proceso de decisión política en la UE una variante post-moderna del estado pre-moderno? ¿Está formándose la soberanía de la unión, incluso tendrá que formarse sin que la soberanía ciudadana crezca en igual forma?
Actualmente no puede hacerse ninguna apología científica sobre la calidad democrática de la UE. No existe, naturalmente, duda alguna sobre las estructuras democráticas y condiciones del estado de derecho dentro de cada uno de los estados miembros de la UE. Democracia, estado de derecho y protección de los derechos humanos son los principales criterios de admisión en la UE. Pero en el marco de la estructura de decisión de la UE la situación no se presenta tan ventajosa. La UE está muy lejana de corresponder a los estándares de la teoría de la democracia en la forma que estos son constitutivos de legitimidad para cada uno de los estados miembros. Responsables de esta contradicción son los mismos miembros de la UE. Hasta ahora no han querido democratizar en forma adecuada las instituciones y procesos de decisión de la UE; por tanto es muy fácil acusar de fracaso a fuerzas anónimas en Bruselas. La UE está dirigida políticamente y tiene, además, la obligación de rendir cuentas, pero las decisiones más importantes permanecen entretanto dependientes de procesos políticos y consideraciones en los países miembros y sus gobiernos. En ese sentido la UE es una democracia indirecta con medidas morales muy altas para la calidad democrática de sus estados miembros. Se podría estar casi inclinado a afirmar que la UE aún no está lista para la membresía en la UE, si es que ella solicitara la membresía de sí misma.
El proceso de desarrollo hacia la democracia parlamentaria ha surtido efecto en la UE, pero aún no ha llegado a un final satisfactorio. El papel clave en este proceso lo juega el Parlamento europeo. Desde su primera elección directa, en el año 1979, el Parlamento europeo ha logrado poco a poco derechos que hace 30 años habrían sido inimaginables. Hoy, en el marco del proceso de participación, el parlamento ha coparticipado en la mayoría de los procesos legislativos de la UE. También la ampliación de la UE hacia Europa Oriental no se lleva a cabo sin el voto del parlamento europeo. Las preguntas decisivas, no obstante, no han tenido respuesta hasta ahora: La definitiva formación de un poder ejecutivo europeo, que tenga soporte en la mayoría parlamentaria y sea responsable frente al parlamento. Y, casi mas importante: El derecho de recaudar impuestos, que es el derecho parlamentario más sagrado y más antiguo. El Parlamento Europeo funciona bajo la divisa “representation without taxation”. En Boston se desató la revolución americana para lograr lo contrario.
La ampliación de la UE hacia el oriente europeo se organizará de tal manera, que los nueve nuevos miembros del centro de Europa y de Europa Suroriental puedan participar en las próximas elecciones del Parlamento Europeo en el verano del año 2004. Eso puede ser un caso que cree precedentes para otras admisiones de países en los años 2009 y 2014. La Carta de los derechos básicos y derechos ciudadanos de la Unión Europea, presentada en el año 2000, será incluida en la Constitución de la UE, que se está elaborando y se legalizará. Este paso fortificará también el carácter de la Unión Europea.
Se puede visualizar claramente la pretensión de los partidos y fracciones representados en el Parlamento europeo de hacer visible su perfil político, hoy más que en el pasado. Ellos desean demostrar que las decisiones políticas en el ámbito de la UE pueden influir la dirección de los procesos de desarrollo, dependiendo de si son tomadas por una mayoría de izquierda o de derecha. Hasta hoy siguen lamentando los críticos el vacío político que, de hecho, sólo puede ser llenado por los partidos y sus concepciones en competencia.
No obstante las múltiples y escépticas objeciones, la Unión Europea ha iniciado el camino de la construcción de una democracia europea específica. Un proceso de elaboración de la Constitución se encuentra en marcha. Se ha propuesto que en la UE se debe formar a largo plazo algo así como un genuino patriotismo constitucional europeo. En vista de la presencia dominante de los estados nacionales con sus marcadas tradiciones de identidad, muchos consideran esto irreal, otros lo consideran indeseable. No solo los indestructibles Euro-optimistas abogan por paciencia y aconsejan dejar tiempo al tiempo. Entretanto se ha aglomerado una gran cantidad de componentes al constitucionalismo europeo: una bandera europea, un himno europeo, un día feriado europeo, un Parlamento europeo, una moneda europea, una jurisdicción europea y un poder ejecutivo europeo. Entre las numerosas sugerencias a la Constitución europea se encuentra el servicio civil europeo, que para el fortalecimiento de la identidad europea en las generaciones futuras seguramente tendrá mucha más importancia que las declaraciones políticas. Lo mismo tiene validez para libros escolares europeos en las materias principales, que pueden brindar un apoyo interminable al papel del recuerdo en el proceso de unificación europea.
El incremento de estudios europeos en la Universidades e institutos superiores de Europa, y también fuera de ella, es una demostración clara de la creciente demanda de información relacionada cada vez con más complejos temas de la integración europea.
La búsqueda de las condiciones de una Unión Europea más democrática está bajo la presión del proceso de globalización, pero la UE intenta también desde la perspectiva de su propio derecho, formar su carácter futuro. La globalización ha traído ya diversas medidas reguladoras a escala mundial, empezando por la protección ambiental, temas de la justicia y el desarme multilateral hasta el problema del desarrollo sostenible. Estos son pilares de lo que seguirá denominándose “global governance”. El desarrollo del comercio exterior de la UE y el esfuerzo por la delineación de la política exterior y de seguridad de la UE, son ejemplos fehacientes de que formas supranacionales de gobernación no solamente deben basarse en el poder intergubernamental entre los Estados sino que, en el marco de la gobernación multifacética en la UE, son crecientemente dependientes de posiciones y mayorías supranacionales políticas que reclaman legitimidad. El carácter democrático de la UE es sin lugar a dudas insuficiente, pero comparado con la legitimidad democrática del esfuerzo intergubernamental regulatorio de la “global governance” en el ámbito mundial la Unión Europea es, hoy en día, la esencia de la gobernación democrática.Esto puede ser solamente un pobre consuelo y sigue manteniéndose el anhelo de una transparencia democrática más fuerte y el control del proceso de toma de decisiones en la UE. Se podría intentar argumentar que el esfuerzo por medidas reguladoras, como por ejemplo en el contexto de la Organización Mundial del Comercio, dificulta la democratización de la UE. Pero, no obstante todas las articuladas críticas estereotipadas al déficit democrático de la UE, vale la pena seguir el camino optimista de la especulación, con el objeto de incluir las fuerzas propulsoras de la integración europea, que desde la reciente introducción del euro influirán en los próximos años en los procesos de identidad y colaboración de la Constitución de la UE.
La introducción del euro testifica que el proceso de integración europeo, desde sus inicios en los años cincuenta, ha sido siempre motivado políticamente pero hasta ahora se ha orientado en instrumentos y metas económicas. Ahora, luego de la conclusión del mercado común y la introducción de la moneda común, se abre un nuevo capítulo con acento más claro y directo en la integración política.
Alcanzar democracia y estado de derecho a nivel mundial puede ser una meta muy ambiciosa. Lograr procesos de decisión regulados en el juego de intercambio de los compromisos de intereses es, por el momento, y a largo plazo, ciertamente lo más realista en lo referido a “global governance” en ese nivel. Pero, en el ámbito regional de estados normativamente similares, la democracia supranacional no es un idea extravagante, como lo demuestra el desarrollo europeo. No obstante todos los déficits, la democracia supranacional ha surgido como una nueva forma sui generis en la UE. La Unión Europea unifica hoy soberanía supranacional sui generis en asuntos monetarios y de derecho con democracia parlamentaria regional sui generis.
Las experiencias de la UE son consideradas mundialmente, y ocasionalmente examinadas, para una posible aplicación en otras regiones del mundo. Se puede especular sobre los efectos de este modelo de la UE en la organización de la gobernabilidad global. En este sentido es sorprendente que nadie, refiriéndose al modelo del parlamento europeo, haya sugerido una cámara parlamentaria que complementaría la Asamblea General de las Naciones Unidas, que es la reunión de los gobiernos del mundo.¿Podría captar dicha parlamentarización parcial de la ONU una parte de la crítica a la globalización?
La búsqueda dentro de la UE de cómo sobreponerse a los déficits continúa. En principio se trata de un mejor balance entre los elementos intergubernamentales y supranacionales de gobernación en la UE, que existen ya en esqueleto. Concretamente se trata del fortalecimiento del papel del Parlamento Europeo como representación supranacional, elegido directamente por todos los ciudadanos de la Unión frente al Consejo Europeo como representación inmediata de los gobiernos democráticos miembros de la UE, cuyos procesos de toma de decisiones impresionan en forma bizantina.
La idea de que una Unión Europea supranacional podría ser más democratizada tiene contradicciones. Sin un pueblo europeo no puede haber democracia, ese es el argumento central de los euroescépticos. A ellos se les aconseja tomar conocimiento de los amplios debates sobre los límites de la democracia que hay en todas las democracias occidentales. Donde no hay una forma pura de democracia, allí puede la democracia europea, incompleta como es, encontrar su lugar específico. Ella es democracia sui generis con un fuerte tinte ejecutivo, el cual, hasta ahora, es solamente controlado democráticamente, de forma indirecta, por los gobiernos de los estados miembros de la Unión Europea. Los controles del Parlamento Europeo y la influencia de la Corte de Justicia europea se incrementan entre tanto. Este camino se debe proseguir junto con la completa introducción del principio de mayoría en la toma de decisiones en la UE. Lo que unos temporalmente denominan un continuo déficit democrático de la UE, puede ser hoy calificado, con justa razón, como una democracia supranacional con carácter propio; es decir, como una democracia europea sui géneris.
Con miras al fortalecimiento del papel del ejecutivo, en la mayoría de las democracias occidentales se habla de formas de gobernación post­parlamentaria. Se debe resistir la tentación de considerar el desarrollo de la democracia como muy estático. Para los unos la UE es expresión de gobernación postparlarnentaria. Otros la ven al inicio de un camino, que requiere más democratización y obligación de rendir cuentas de sus instituciones. Todo parece abogar por no desestimar esta última tendencia, incluyendo el hecho de que los parlamentos nacionales de los estados miembros recién han empezado a analizar su papel en el proceso de gobernación europeo. Mientras los efectos de la globalización en las democracias locales, en la política comunal, han sido motivo de observaciones críticas; pienso que el proceso de formación de una democracia europea sui generis podría acrecentarse como consecuencia de la ampliación global del horizonte de la UE.
En un mundo, donde el entorno político, basado en la ciudadanía y soberanía estatal, amenaza con desaparecer en favor de la dominación de las fuerzas de mercado, es lógico que el cambiante concepto de soberanía también altere el concepto de la democracia.
No obstante la cambiante calidad de la soberanía estatal, el estado nacional sigue siendo, por el momento, el más importante sujeto del derecho internacional. Y, no obstante el evidente crecimiento de la importancia de las fuerzas del mercado, el concepto de democracia continúa unido a un concepto de apoyo estatal, de un “Demos” homogéneo.
Este manejo estrecho de conceptos no podrá ser sostenido a largo plazo. En todas partes se acepta el diagnóstico sociológico de qué lealtades personales y colectivas pueden ser multidimensionales . Lo mismo vale para la fuerza de lealtad obligatoria y efectos obligatorios de una democracia multidimensional.
Gobernación multidimesional, soberanía multidimesional y democracia multidimensional: Cada uno de los nombrados conceptos ha sido ampliado y transformado, mediante las experiencias, con los efectos de los procesos de unificación europea.
Hasta ahora la teoría de la democracia ha tenido dificultad al ubicar la dimensión europea de la democracia en un sistema de varios niveles de procesos democráticos, decisiones y mecanismos de participación. Un aspecto que vale la pena enfatizar, es aquel que pregunta por el proceso democrático como un juego combinado en la información de toma de decisiones, tanto entre lo intergubernamental y lo supranacional, como también entre lo ejecutivo y lo Parlamentario. Sería más productivo no preguntar en forma estereotipada y estática en qué estado se encuentra el déficit democrático de la UE, sino observar si la Unión Europea puede satisfacer las expectativas tradicionales en el proceso democrático; mientras, al mismo tiempo, la UE está obligada a solucionar el problema de eficiencia en la capacidad de decisiones de cada uno de los estados nacionales. Expectativas tradicionales significa naturalmente responsabilidad en la obligación de rendir cuentas, una transparencia y el predominio del derecho. Es claro, que no solamente la teoría de la democracia, sino también la experiencia práctica influyen nuestro concepto de democracia.
En el marco de la discusión sobre el asunto de la fragmentación política, la creciente pérdida de la consistencia social y centrifugalidad del poder en el mundo occidental es notable la dinámica pasión con que el parlamento europeo, y aquellos que están a favor de su línea, abogan por la ampliación de la democracia parlamentaria en la UE. La democracia parlamentaria supranacional, es efectivamente, una innovación en las relaciones internacionales y en la teoría de la democracia. Mientras más permeables se han vuelto las fronteras y conceptos de soberanía en el mundo globalizado, mucho más deben reconocer cómo han sido agujereados nuestros conceptos y categorías de la democracia parlamentaria como consecuencia del nuevo juego combinado de procesos de decisión regionales, nacionales, intergubernamentales y supranacionales. Bajo estas circunstancias la idea de un parlamento europeo –sin mencionar su notorio camino desde 1979- es ya un importante acontecimiento histórico.
Un elemento importante de la teoría de la democracia es el concepto de libertad de elección política. El electorado debe poder decidir entre varias opciones. Los Parlamentos deben llegar a acuerdos sobre la base de opciones, éste es un elemento irrenunciable de la democracia parlamentaria en la medida que el Parlamento europeo se transforma poco a poco en un parlamento, sus acuerdos no solamente tienen efectos , sino que también se basan en opciones políticas, que puedan ser absolutamente controvertidas entre ellas. Las grandes agrupaciones políticas en el parlamento europeo probablemente continuarán ampliando y desarrollando su papel en el proceso de integración y formación democrática. El tratado de Niza concede al parlamento europeo el derecho de participar en la elección del futuro Presidente de la Comisión Europea. Este se llevará a cabo después de la elección del Parlamento Europeo en el verano del año 2004. Se puede esperar una lucha de poder entre el Parlamento Europeo y los gobiernos de los estados miembros para ver quién decide cómo actuar en la etapa preliminar de este importante y determinante evento. Si los partidos representados en el Parlamento Europeo van a tener éxito y si el partido que obtenga la mayoría de las urnas europeas determina al Presidente de la Comisión, esto, naturalmente, en el futuro solamente será factible de acuerdo con el Consejo Europeo, entonces se habrá logrado otro paso decisivo en el camino hacia una democracia parlamentaria supranacional sui generis. El año 2004 será un año crucial. Un año que decide sobre la valentía de tomar decisiones fundamentales sobre personas con mandato otorgado por representantes de los eurociudadanos, aunque los parlamentarios no tienen previsto esto.
Con esto se toca otro aspecto de la influencia del proceso de integración europeo sobre la filosofía política y la teoría de la democracia. Este concierne al concepto de una ciudadanía supranacional. Con el tratado de Maastricht en 1991 la Unión Europea introdujo formalmente la ciudadanía europea. En vista del proceso de globalización, la idea de la ciudadanía europea puede fortificar el sentido de pertenencia e identidad. Para muchos parecería que esta idea de la ciudadanía se ha quedado solamente en el papel, si es que realmente llegó a la conciencia de los europeos, aparte de que, por otro lado, los pasaportes europeos tienen el mismo formato. Pero la idea de la ciudadanía europea va más allá de los símbolos. Ella afecta la pregunta de la identidad de los eurociudadanos y su capacidad de compartir la lealtad ciudadana como es el caso de los conceptos de soberanía y democracia. Estas llegan a ser comparativamente categorías abstractas, pero en el concepto de ciudadanía son concretas tanto las expectativas como las exigencias.

El Artículo 8 del Tratado de Maastricht tiene un carácter ejemplar elemental:

“Con el presente se establece la ciudadanía europea. Toda persona que posea la ciudadanía de un estado miembro, es igualmente ciudadano europeo”. El carácter afirmativo de esta formulación, cuyos autores parece que se armaron de coraje, no excluye que el contenido normativo expuesto, con el correr del tiempo, pueda ser enriquecido con vida concreta y sentimiento. El camino desde la afirmación hacia los hechos es todavía largo, pero se ha empezado. Efectivamente la UE desea demostrar así la posibilidad de la división del concepto de ciudadanía a través de la fortificación de la lealtad frente a la Unión Europea, sin desistir de la lealtad frente a su propio estado.
El concepto de ciudadanía europea debe ayudar a comprender la UE como propiedad intelectual y a sentir frente a ella lealtad, sentido del deber y reconocimiento. La politóloga británica Elizabeth Meehan ha analizado detalladamente que está naciendo en Europa un nuevo principio ciudadano, que no es nacional, tampoco cosmopolita, pero que abarca diversas identidades, derechos y deberes que se manifiestan en un sistema complejo de procesos políticos de decisión.
Los problemas que conceptualmente están atados a la idea de la ciudadanía europea no son, en su categoría, diferentes a los de la ciudadanía nacional. Ciudadanía es, según su carácter y así ha sido desde la antigüedad, tanto inclusiva como exclusiva. Esto se demuestra mejor con el hecho de que en el mundo hay tantas ciudadanías como estados. Al mismo tiempo la introducción o reconocimiento de una doble ciudadanía muestra que es tal la división de lealtad entre dos estados o,, en todo caso, es considerado como posible por la legislación. Lo que es válido en el ámbito horizontal, tiene validez también en las relaciones verticales entre los estados europeos y la Unión Europea: La lealtad ciudadana es divisible, así como los son también la soberanía y la democracia. Frente a la realización completa de la idea de una ciudadanía europea se encuentran dos retos entrelazados entre sí que no son de una naturaleza muy democrática, sino más bien sacuden la estructura de la identidad europea:
-La pregunta sobre el reconocimiento del Islam como una religión dentro de la UE, donde ya habitan alrededor de 15 millones de musulmanes presenta interrogantes tanto sobre la integración social como relacionadas con la compatibilidad del Islam con un orden político secular.
-La pregunta relativa al poder de decisión final sobre la intervención de ciudadanos europeos en guerras o “solamente” en operaciones pacíficas fuera de la Unión Europea. Esta situación origina la problemática de la legitimidad de una práctica consecuente con la política exterior y de seguridad común de la UE.
Las dos preguntas tocan profundamente los límites del hasta hoy logrado “sense of ownership” en la Unión Europea. La meta no puede ser un concepto homogenizado y estandarizado de una sociedad europea. Pero ciertamente se trata de fortificar el sentido del concepto de ciudadanía, que es multifacético y dividido verticalmente dentro de un sistema de gobernación multidimensional, que sabe dividir horizontalmente los conceptos como soberanía y democracia. En cualquier parte de ha UE donde esto se logre se establecerá una nueva categoría de la filosofía política y de la teoría de la democracia en lo referente a la divisibilidad de la lealtad ciudadana.
La creación de un concepto cultural por parte de la UE, como propiedad de sus ciudadanos, es una tarea difícil. Ella requiere más de lo que usualmente se diga: Fortalecirniento de la capacidad en idiomas extranjeros, intercambio de escolares y estudiantes, fomento de los medios europeos, sincronización de los debates políticos europeos. No obstante las barreras del idioma y la diversidad cultural, la identidad europea debe ser definida políticamente al final y en su esencia. Por eso el actual debate constitucional, con su interrogante central sobre la limitación de competencias políticas bajo el espíritu del “principio de subsidariedad,” es de vital importancia para incrementar la legitimidad y lealtad ciudadana.

Consecuencias para los conceptos de universalidad y de orden mundial

3.Con el debate constitucional está muy atada la pregunta sobre el futuro perfil político mundial de la UE. La apertura del horizonte continental hacia un genuino papel global de Europa es un elemento constitutivo más del amplio concepto de integración europea y su “ raison d’etre”.
Las conclusiones necesarias que el desarrollo de la integración debe obtener del desplazamiento de fronteras que trae consigo la globalización, se relacionan también con el concepto del orden, como ha surgido en la historia intelectual y política de Europa. En el pasado la idea de la construcción del orden estuvo siempre relacionada con Europa misma. Desde el surgimiento del moderno sistema estatal fue Europa en sí su tarea distinguida. También el colonialismo y el imperialismo fueron, al final, funciones en la interna pelea europea por poder e influencia. Las ambiciones europeas fueron proyectadas globalmente, sin embargo permaneció Europa como foco y meta de las intenciones subyacentes. Las consecuencias del poder colonial en el juego europeo por el poder y la hegemonía fueron más importantes que el futuro de .los territorios coloniales. Bismark comentó a un visitante: su mapa de África está en Europa. Esto era válido también para españoles, portugueses, ingleses y franceses, belgas y holandeses, rusos e italianos. Pueblos y estados europeos pequeños fueron excluidos a priori de la lucha por el poder en Europa. Al final el juego por la política del poder y el balance del poder no pudo ser ganado por nadie. Todos los estados europeos se transformaron en perdedores.
Frente a este trasfondo en la segunda mitad el siglo XX empezó un verdadero experimento histórico de construcción del orden en Europa bajo el signo de la cooperación e integración, del compromiso de intereses y respeto a los grandes y pequeños estados y pueblos. Complementado con estrechas relaciones transatlánticas ha surgido un nuevo orden de estados y pueblos en Europa. Fue válido más de 50 años que esto sucediera para el bien de Europa, para que aprendiera de las horribles confusiones del pasado y sentar las bases de la paz y el bienestar. Este comienzo de la construcción de un nuevo orden europeo fue ampliado después de la caída de las dictaduras comunistas en Europa central y oriental. Pero la construcción del orden permaneció como un asunto interno europeo y seguirá siendo así hasta que la arquitectura pan-europea sea verdaderamente concluida.En otras palabras, Europa se ha acercado a los postulados y metas del orden de Immanuel Kant, que en 1795 en su ensayo Hacia ha paz eterna caracterizó los derechos individuales, el estado de derecho y la libre unión de estados como constitutivos del orden de paz. Europa ha llegado a ser aproximadamente una Europa de Kant y es en ese sentido a que ha permanecido consciente de la fragilidad de sus condiciones. La guerra yugoslava de sucesión no ha llegado todavía a su final, también Chechenia pertenece a Europa, aunque sea su periferia.
Con la globalización tecnológica y económica se han ampliado globalmente los ideales de los derechos humanos, de la democracia y del estado de derecho sin que, entre tanto, sean reconocidos y practicados universalmente. Retos intelectuales como la universalidad de los derechos humanos, como han sido postulados por abogados de un relativismo cultural, han sido siempre rechazados en todo el mundo por los luchadores de los derechos humanos y la democracia.
El debate intelectual por la universalidad de los conceptos de los derechos humanos y conceptos de la democracia ha retornado a Europa. El concepto europeo ya no es más objeto de preocupación. Él está más bien orientado a tomar posición frente a las violaciones de las normas respetadas al otro lado de sus fronteras. Los Balcanes, Cercano Oriente, Kashmir, Timor, África, la guerra global contra el terrorismo, Europa no puede continuar presentándose como estado comercial global y evitar su responsabilidad en el ámbito político y, si es necesario, también en el ámbito militar. Así adquiere una nueva dimensión el concepto del orden, en el que Europa debe trabajar. Se desliga de la unión al mapa de Europa y se vuelve global. A ello están unidos también los requerimientos al diálogo intercultural y, en este contexto, se presenta una vez más la pregunta, cuáles de las normas que forman la identidad europea son universales y cuáles específicamente europeas. Con la globalización la ética europea se globalizará en forma nueva y fundamental y estará expuesta a discursos globales.
Con ello se suscita, como en la antigüedad, la pregunta sobre “el otro”, incluso la pregunta sobre “el enemigo”. Herodoto supo poner a los persas en contraposición con los griegos. ¿Quién es hoy, y quién será mañana, el contrario que enfrente a Europa ? Aristóteles nos ha enseñado que nada es tan difícil como definir lo bueno de sí mismo. Europa no podrá evitar, ni intelectual ni prácticamente, la pregunta sobre “el otro”. Actualmente el debate se concentra, aunque en forma todavía no muy clara, en el mundo islámico por un lado y por otro en las relaciones europeas con Estados Unidos de América. En la asimilación de las consecuencias del terrible atentado del 11 de septiembre de 2001 se cruzan los dos discursos. Con el fin de la guerra fría y la aparición de nuevos modelos de amenazas la pregunta sobre la fuerza futura de los conceptos “mundo occidental” y “civilización atlántica”, ha adquirido nuevos impulsos.
En efecto sería miope y fatal entender el proceso de integración como antítesis de las estrechas relaciones transatlánticas. Especialmente en círculos intelectuales se encuentra a menudo esta tendencia y cualquiera que sean los motivos para eso: la imponente sustancia de valores, intereses y metas entre Europa y Estados Unidos de América los hace idénticos o por lo menos complementarios, sobre todo por la lucha común por la civilización occidental contra la amenaza terrorista de fanáticos islámicos. Pero sería también, de igual manera, muy superficial señalar un conflicto rutinario entre el Occidente y todo el mundo islámico. Europa está en todo caso llamada a mostrar, juntamente con Estados Unidos de América, consistencia en la formulación de normas universales en un mundo globalizado con nuevos conflictos.
Todavía no existe una universalidad de normas occidentales que sea apropiada, tomando en cuenta la globalización y la tarea de Europa de colaborar en la construcción del orden mundial.
Un relativismo post moderno puede dificultar la formación inmediata de un consenso intelectual en este tema. Este no es el lugar para colocar señales de camino, que podrían ser partes elementales de tal universalismo globalizado y normativo. Debe ser suficiente la indicación que la globalización obliga a Europa a aceptar este reto intelectual. La globalización rompe los límites que han sido trazados por maniobras de desvío postmodernistas y relativistas.
El relativismo postmoderno es el enemigo intelectual de un perfil normativo europeo global. Europa debe afrontar en forma nueva el debate de la universalidad. En vista del enorme pluralismo de valores en la Europa actual no será tarea fácil sentar acentos europeos específicos y posiciones invariables en la discusión sobre normas y valores universales.
La discusión ética y normativa sobre la universalidad será en todo caso impuesta y exigida a Europa como consecuencia de la globalización material. Europa no solamente podrá subsistir como estado comercial mundial en la globalización. La globalización rompe los límites del egoísmo ético y la satisfacción de sí mismo en Europa.. La idea de la paz de Immanuel Kant expone a Europa al diálogo ético global, que condiciona un punto de vista propio. En el campo de la economía Europa se presenta en forma global y ha tenido una participación activa en el nacimiento del régimen mundial de comercio bajo el techo de la OMC. Desde el punto de la política de seguridad el slogan “out of area” ha hecho la ronda en Europa. También con miras a normas y valores y al discurso ético con el mundo debe Europa aprender a pensar “out of area”, y actuar en concordancia con sus propias exigencias y con su comportamiento global. En eso coloca la globalización un límite a toda inclinación hacia la presunción europea y, dicho en términos generales, hacia la presunción occidental atlántica. La ética en el mundo globalizado no puede ser considerada desde el punto de vista del relativismo post-moderno, si es que desea ser coherente y consecuente en sus implicaciones. Pero eso es otro tema.



   

 

Revista Vitral No. 59 * año X * enero - febrero de 2004
Ludger Kuehnhardt
Munster, 1958,Alemania.
Politólogo del Consejo de la Iglesia Católica para la Integración Europea. Director del Centro de Estudios Europeos de la Universidad de Bonn
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